este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ciudadana ANA MERCEDES OROZCO en su condición de progenitora del adolescente (SE OMITE LA IDENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) asistidos por la abogada GLORIA MARINA TOVILLA en la cual solicita de este Tribunal se extienda el lapso de presentaciones de su defendido a cada dos o tres meses y en tal sentido se EXTIENDE O AMPLIA el lapso de presentaciones del prenombrado adolescente, de cada quince (15) días a cada treinta (30) días, comenzándose las presentaciones cada treinta (30) días, a partir de la próxima presentación de la adolescente ante la sede de este Tribunal Segundo de Control de la S.....