Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, en el presente juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoada por el abogado en ejercicio MARIO JOSÉ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.894.605, inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 53.533, actuando en su propio nombre y representación, en contra del ciudadano JUAN CARLOS RUIZ SUAREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. E-82.009.336, declara:
ÚNICO: SE FIJA como estimación definitiva del fallo dictado por este Juzgado en fecha 08 de marzo de 2022, la cantidad que resulte de multiplicar DIEZ MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 10.000,00) por la tasa del día publicada por el Banco Central de Venezuela en su página web principal .....