declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.889.286, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistido por las Abogadas en Ejercicio JAZMIN RICHARD MC. GUIRE y MARY RIVERO VILLALOBOS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos.46.535 y 61.943, en contra de la ciudadana ANA MARITZA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.467.330, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistida por los Abogados en Ejercicio YUDITH JOA DE CHAVEZ y ANGELO CHAVEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.31.819 y 176.552, de conformidad con la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario y con fundamento en el criterio doctrinal y jurisprudencial del divorcio solución.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencio.....