-III-
DISPOSITIVO
En consecuencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la parte demandada recurrente en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 10 de abril de 2014. SEGUNDO: SE ANULA, el fallo apelado. TERCERO: SE REPONE, la causa al estado que el Tribunal de Primera Instancia de Juicio quien por distribución corresponda conocer, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, sin necesidad de notificación de las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS, a la parte demandada dada la naturaleza del fallo.
La pr.....