Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Concede autorización amplia y suficiente para que la ciudadana Diana Lorena González, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V.-16.731.519, compre en nombre y representación de su hija, la niña (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), de nueve (09) años de edad, el siguiente bien: inmueble constituido por una casa de habitación y su parcela de terreno propio, ubicada en el Sector los Tizones en jurisdicción de la parroquia Luis de Vicente del Municipio Mara del estado Zulia, con una superficie de terreno de cincuenta y ocho metros (58mts) de largo por treinta (30mts) de ancho, con un área de construcción de trece metros con cincuenta centímetros (13,50mts.....