DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Juicio Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: SE DECLARA EN REBELDIA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena su CAPTURA y se deberá ser presentado ante este Tribunal y deberá ser recluido a las instalaciones de la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez. Líbrense todos los oficios de CAPTURA a los cuerpos policiales de la zona. Notifíquese al Ministerio Público.
La Jueza
La Secretaria
ABG. DILIA MENDOZA BELLO
ABG. CARMEN PICCIONI