DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la medida privativa de libertad solicitada por la profesional del derecho, Abogada LESLIS MORONTA LOPEZ, en su carácter de defensora del ciudadano YUDAVITH ENRIQUEZ MERCHAN, plenamente identificado en actas, y en consecuencia, mantiene la medida privativa de libertad dictada en contra del ciudadano antes mencionado, ratificada en Audiencia Preliminar de fecha 05 de junio de 2008, por considerar al citado acusado presuntamente COMPLICE NO NECESARIO DEL DELITO DE SECUESTRO, Autor de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE REGLAMENTO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los Artículos 460 en concordancia con el Artículo 84 ordinal 1º, Artículos 277 y 279, y Artículo 218 todos del Código Penal, cometido el primero de los delitos en perjuicio de la ciudadana HAYDEE CAROLINA PARENTE DAVILA, y los dos últimos del ORDEN PUBLICO,
SEGUNDO. Se ordena el traslado del ciudadano YUDAVITH YUERWIN EN.....