III.- Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del la de cujus LINA AMINTA IBAÑEZ DE SANGUINO , a los ciudadanos SIMEON SANGUINO GARCÍA, YRENE DEL VALLE SANGUINO IBAÑEZ Y HUGO ANTONIO SANGUINO IBAÑEZ, en sus condiciones de esposo e hijos respectivamente.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas, e igualmente se ordena expedir tres (04) juegos de copias certificadas a solicitud de la parte interesada.