En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por REVISION DE MANUTENCIÓN, iniciara el ciudadano: CARLOS LUIS FINOL, a favor del niño: (se omite el nombre de conformidad con el artículo 65 de la ley orgánica de protección de niños niñas y adolescentes), y en contra de la ciudadana MIGDALIS DEL VALLE BRAVO, En consecuencia, queda extinguido el procedimiento.
Por la índole de la decisión no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la parte accionante.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en San Rafael de El Moján, a los tres (03) días del mes de junio de.....