este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la intimación de los ciudadano ERWINSON ENRIQUE ALVARADO AGUILAR, LILIBETH COROMOTO GONZALEZ RODRIGUEZ y ARMANDO JOSE CALDERA PETIT, quienes se constituyeron como fiadores solidarios y principales pagadores, sin limitación alguna, de las obligaciones contraídas por la Sociedad Mercantil DEPOSITO DE LICORES HNOS. ALVARADO COMPAÑÍA ANÓNIMA (DELIHALCA), apercibidos de ejecución dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes al día que conste en actas la intimación del último de los demandados de marras, para que paguen la cantidad reclamada como capital, es decir la suma de SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 75.543,56), que adeudan para el día veintiocho (28) de enero de 2.013, en virtud del referido co.....