1. DECLARA CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención (Obligación Alimentaria) interpuesta por la ciudadana Ena Margarita Méndez Lozano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.833.546, en contra del ciudadano Pedro Digno Navarro Castro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.719.987. Así se decide.-
2. FIJA como obligación de manutención mensual para el niño de autos, el treinta y tres por ciento (33%) del salario integral que devengue mensualmente el ciudadano Pedro Digno Navarro Castro, luego de hechas las deducciones de ley.
3. FIJA para el mes de septiembre un veinte por ciento (20%) adicional para el niño de autos, a fin de cubrir los gastos típicos del inicio del año escolar y disfrute de vacaciones.
4. FIJA para el mes de diciembre, adicional a la obligación mensual, el treinta y tres por ciento (33%) para el niño de autos, de los aguinaldos, utilidades o bonificación especial de fin de año, para .....