CULPABLE y CONDENA al ciudadano DOUGLAS DAVID HERNANDEZ EPIAYU, por el delito HOMICIDIO CALIFICADO, cometido por MOTIVO FÚTIL, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1ero del Código Penal, en GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 424 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ALEXANDER TORRES; a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN. De igual manera se le condena a las accesorias de Ley conforme al artículo 16 del Código Penal.