Por los motivos antes expuestos, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara HOMOLOGADO, la transacción efectuada por las partes en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACIÓN), intentado por la Sociedad Mercantil MANGO´S LUNCH, C.A, contra la Sociedad Mercantil SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, téngase la mencionada transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se ordena la entrega del cheque de gerencia N° 67127805, del Banco Mercantil, girado en contra de la cuenta corriente N° 0105-0054-10-2054127805, por la cantidad de siete millones de bolívares (Bs. 7.000.000, oo) de fecha siete (07) de Abril del 2017, a nombre de MANGO´S LUNCH, C.A.-
Publíquese, regís.....