Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho ALBA SANTELIZ GONZALEZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de marzo de 2010, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SIN LUGAR LA DEFENSA DE FALTA DE CUALIDAD OPUESTA POR LA PARTE DEMANDADA SOCIEDAD MERCANTIL ABADÍA DE LAS MERCEDES C.A. (plenamente identificadas en actas); 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentó la ciudadana DIANA COROMOTO ESPINA OLAZABAL, en contra de la sociedad mercantil ABADÍA