Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio ? Juez Unipersonal N° 4, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
A) Perimida la Instancia en la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, suscrita por la ciudadana NELLYS DEL CARMEN ESIS HERNADEZ, titular de la cedula de identidad N° 7.618.794, con relacion al niño (se omite el nombre por razones de confidencialidad).
B) Terminada la presente causa; en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.