Esta Corte Superior Sección Adolescentes
Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR PARCIALMENTE EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la representante de la Defensa, en fecha diecinueve (19) de marzo del año dos mil cuatro (2004) fundamentado en el numeral 4° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: REVOCA la decisión recurrida en lo que respecta al cambio de precalificación fiscal. Asimismo, al decretarse el procedimiento por Flagrancia y la prisión preventiva para asegurar la comparecencia a la audiencia de Juicio Oral y Privado, al amparo del artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena la remisión de las presentes actuaciones procesales a la Juez de Control, con el objeto que envié a la mayor brevedad posible la presente incidencia al Tribunal de Juicio Sección Adolescente de este Circuito Judic.....