Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, propuesta por los ciudadanos MAYKELIS DE LOS ANGELES RINCON OSORIO Y VICTOR JOSÉ VALBUENA RIVERA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nos. V-15.409.323 y V-11.922.596, respectivamente.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día catorce (14) de abril del año dos mil (2000), por ante la Registradora Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según acta de matrimonio signada con el No. 85. ASI SE DECIDE.-