Por las razones expuestas, éste TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA CONVERSION EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos solicitada por los poderdantes especiales de los ciudadanos FRANCISCO JAVIER RINCON BOSCAN Y CLAUDIA CAROLINA GONZALEZ CHACIN, supra identificados, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo Estado Zulia, en fecha doce (12) de diciembre del año dos mil catorce (2014), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 564 expedida por la referida autoridad civil.- Así se Decide.-