- III -
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE CHIQUINQUIRA PAEZ MENDEZ, quien falleciera ab instestato el día 07 de febrero de 2013, a la ciudadana HERMINIA ROSA LOPEZ TRUJILLO y sus hijos JOHERMYS EGLE PAEZ LOPEZ y JOHER JOSE PAEZ LOPEZ, titulares de las cédulas de Identidad Nro. V-12.694.173, V-20.775.793 y V-20.776.038 respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos del fallecido. El Tribunal deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la postulante.
Publíquese y regístrese.
Expídanse por Secretaría las cuatro copias certificadas solicitadas de la presente declaración y entréguense a l.....