El Tribunal DECIDIÓ: PRIMERO: Ratificar la Admisión total de la acusación Fiscal así como las pruebas ofrecidas e invocadas en el acto oral por el Fiscal Trigésimo Primero del Ministerio Público con Competencia para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Dr. EDUARDO OSORIO, en contra del adolescente NOMBRE OMITIDO (GARANTÍA DE CONFIDENCIALIDAD. ART. 545 DE LA LOPNA), como COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3 todos de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del ciudadano OLIVER FRAN POLANCO NAVARRO. SEGUNDO: Declarar la procedencia de la ADMISIÓN DE LOS HECHOS expuesta por el Adolescente, antes identificado, declaración que ha sido ofrecida voluntariamente, libre de coacción y apremio, y sin juramento, con la asistencia de su defensor y sus representantes legales y guardando las garantías legales y constitucionales del debido proceso. TERCERO: DECRETAR LA RESPONSABI.....