DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos AUGUSTO JOSÉ PIETERZ SANCHEZ y DAIRENE ELEONOR PIRELA MORILLO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 12.467.661 y 14.306.847, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha trece (13) de Abril del año mil novecientos noventa y seis (1.996), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo, estado Zulia; inserta bajo el N° 124.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por el Profesional del Derecho CORRADO BRUNO CARUSO, inscrito en el.....