Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta ORLANDO JOSE LOPEZ MELCIADES contra CARMEN JOSEFINA BELLO GONZALEZ, ya identificados, y en consecuencia:
PRIMERA: La disolución del vinculo conyugal contraído por las partes ante la Prefectura del Municipio Cabimas, Distrito Bolívar del Estado Zulia hoy Registro Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia en fecha veinte (20) de Mayo de Mil Novecientos Sesenta y Ocho (1968). ¿
SEGUNDA: Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-