DECISION
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por los ciudadanos YNGRIS COROMOTO SALOM y JESUS ANGEL BERRUETA ESPINOZA, portadores de la cedula de identidad No. V- 9.399.175 y V- 7.724.321, respectivamente domiciliados en el Municipio Maracaibo Estado Zulia, asistidos por el profesional del derecho OVELIO DE JESUS SALOM, inscrito en el INPREABOGADO No. 199.319, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EN DIVORCIO, el vinculo matrimonial que contrajeron los precitados ciudadanos en fecha veintiocho (28) de octubre de 1988, por ante el Jefe Civil y Se.....