En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos JERSON JOSE GRILLO GAFARO y JAQUELINE AMEZQUITA TALAVERA, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 15.779.819 y 15.545.968 respectivamente, asistidos por el abogado HAROLD ROJAS VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 149.215, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 18.06.2005 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, según c.....