Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos JOHANNA LISAIDA PORTILLO ROMERO y RUTILIO RAFAEL AMAYA ALBORNOZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad N° V-14.950.163 y V-9.748.780, respectivamente.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 04 de Junio de 2005, ante la Registradora Civil de la Parroquia Santa Rita, Municipio Santa Rita del Estado Zulia contrajeran los ciudadanos JOHANNA LISAIDA PORTILLO ROMERO y RUTILIO RAFAEL AMAYA ALBORNOZ.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Cus.....