Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado por el ciudadano RAUL FIDEL MARTIN PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 6.234.496, domiciliado en Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, asistido en este acto por el Abogado ORANGEL BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.306, en contra de la ciudadana la ciudadana: IBIS DEL CONSUELO MORILLO PIRELA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V- 5.060.229, domiciliada en el Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, asistida en este acto .....