Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena ampliar la insuficiencia en lo atinente que acompañe pruebas donde radique el temor fundado de que el ciudadano OSCAR RAMÓN MEDINA SILVA, le pudiera causar lesiones sobre un inmueble constituido por una casa signada con el Nº 45-A, situada en la calle Chile, Sector Delicias Nuevas, Municipio Cabimas del Estado Zulia cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: con treinta metros (30 mts) y linda con propiedad de Aremis Velásquez; SUR: con treinta metros con sesenta y dos centímetros (30.62 mts) y linda con casa de Militza del Carmen Vilchez Tomes; ESTE: siete metros (7 mts) y linda con casa que es o fue de Ezequiel Cumare y OESTE: once metros con veinte centímetros (11,20 mts)y linda con Calle Chile. En el juicio de LIQ.....