En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el bien inmueble anteriormente señalado, descrito, identificado, alinderado y avaluado, y hasta por la cantidad de CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 133.520,oo), y consumada así la desposesión jurídica. Ofíciese al Registro Inmobiliario correspondiente, participando lo conducente.