Por todos los fundamentos anteriormente expresados y en consideración a que fueron ADMITIDOS LOS HECHOS impuestos por el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, abogado ROBERT JOSÉ MARTÍNEZ GODOY, en sus alegatos de acusación, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a la ciudadana GLADYS CECILIA ORTEGA SUESCUM, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural del Departamento Bolívar de la República de Colombia, fecha de nacimiento 30/05/1963, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 22.656.509, de estado civil viuda, de profesión u oficio Ama de casa, hija de Maria Suescum y de Juan Ortega, y residenciada en el barrio Las Américas, vereda 2, casa N° 48, cerca de la bodega de Evita, La Fría, estado T.....