PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio José Alexy Farías, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadanos LUIS ALBERTO MEJÍA BRICEÑO y ARTURO JOSÉ MEJÍA BRICEÑO, contra la resolución No. 087-2022, proferida en fecha 19 de julio de 2022, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la resolución No. 087-2022, proferida en fecha 19 de julio de 2022, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el sentido de ordenar la reposición de la causa, al estado de dar cumplimiento a lo previsto en el ordinal 7° del artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, dejando incólume la admisión y evacuación de las pruebas, de conformidad con lo dispuesto en la parte in fine del artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.
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