DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORIDNARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión incoada por la parte actora EVELYN CHIQUINQUIRÁ SOTO VILCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.872.964, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, de COBRO DE BOLIVARES, condenándose a la ciudadana AURA IZARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 7.760.248, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a pagar la cantidad correspondiente a VEINTIÚN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 21.000,00).
SEGUNDO: se condena al pago de los interese.....