Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por Cobro de Bolívares (Intimación) intentara el ciudadano CARLOS MACHADO DEL GALLEGO, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil RIVAS BLANCO & ASOCIADOS , CONSULTORES Y ASESORES INTEGRALES, ya identificados, en contra del ciudadano ALFREDO JOSE SAYAGO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.867.065, como representante de las sociedades mercantiles CASA MULTIPLE CHACIN SAYAGO C.A. y SUMINISTROS FERRETEROS MORALES SAYAGO, la primera inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 09-09-2011, bajo el No. 11, Tomo 62ª RM1, y la segunda por ante.....