Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
• CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana JOHANNA KATINA VILCHEZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.235.472, domiciliada en el Municipio Miranda del Estado Zulia, para que en representación legal y en beneficio de los niños (cuyos nombres se omiten de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA), de Diez (10), Ocho (08), Siete (07) años de edad, reciba en Cheque de Gerencia a nombre de los mencionados niños de autos, la cuota parte que le corresponde a éste como beneficiario del causante ANDRES SEGUNDO SANCHEZ YSEA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.544.107.....