este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la verificación de las facultades otorgadas al APODERADO JUDICIAL de la parte demandada, entre ellas las de convenir, transigir y efectuar pagos en nombre de su representada; y vista la manifestación de voluntada en forma libre sin apremio y coacción en la aceptación del pago efectuado, previo el asesoramiento del abogado asistente ; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley lo HOMOLOGA; y le imparte su aprobación pasándolo en autoridad de cosa juzgado, y declarando terminado el presente procedimiento con relación a la demandada antes mencionada, ordenándose el archivo definitivo del expediente. Así se decide.
El Juez.
Abog: Alfredo García López La Secretaria.
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