Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana Eliznaida Margarita Colina Colina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 17.568.964, en contra del ciudadano Luís Alberto Ronald Castillo Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 17.736.098, fundamentada en la causal segunda (2°) del artículo 185 del Código Civil venezolano, tomando como fundamento los argumentos antes expuestos.
Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.