PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCION, realizado por las partes en fase de ejecución (ex art. 525 C.P.C.), el día 29 de noviembre de 2011, en consecuencia, se Homologa la misma dándole el carácter de Cosa Juzgada, quedando extinguido el proceso y se acuerda archivar el expediente, por haber cumplido íntegramente el accionado con lo transado.
SEGUNDO: En cuanto a las costas procesales, el Tribunal se abstiene de hacer pronunciamiento con respecto a ellas, tomando en cuenta que las partes fijaron el modo para el pago de las mismas.
TERCERO: Se deja sin efecto el decreto de Ejecución Forzosa de la Sentencia.