SE DECRETE MEDIDA DE SECUESTRO, sobre un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el número siete (7), ubicado en el Centro Comercial Jorge Coll, situado entre la calle F y la Avenida Antonio José de Sucre de la primera Etapa de la Urbanización Jorge Coll, Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, así como un puesto de estacionamiento identificado con el Nro. 08, ubicado por el lado oeste del edificio