este tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de la cosa juzgada .
La juez
Abg.Ana Avila
La Secretaria
Los Presentes