Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de RECONOCIMIENTO DE FIRMA Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que sigue FERNANDO BARBOZA en contra de los ciudadanos ELIO SANCHEZ BARRIOS y MARIA GRABIELA ZAMBRANO, identificados en actas, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la representación judicial del codemandado ELIO ENRIQUE SANCHEZ BARRIOS, contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de la Ley de admitir la acción propuesta, en virtud de configurarse una inepta acumulación de pretensiones, así como también, por ser contraria a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Vivienda, al no agotarse previamente el proced.....