Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara Inadmisible la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano HUGO DANIEL AÑEZ MOVILLA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.743.071, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana SOLMARY YOSELIN PIMENTEL GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.612.416, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.