DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: La interdicción provisional del ciudadano Pascual de Sensi Gagliardi, ya identificado en autos de la presente causa. Segundo: Se designa a la ciudadana Karlene María Gutiérrez de Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.716.011, quien es concuñada del ciudadano Pascual de Sensi Gagliardi, como su tutor interino, a quien se ordena notificar para que acepte el cargo, o se excuse, y en caso de lo primero, preste el juramento de Ley. Tercero: Conforme a lo previsto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir el proceso por los trámites del juicio ordinario, quedando el juicio abierto a pruebas. Cuarto: Conforme a los artículos 414 y 415.....