....DECLARA: IMPROCEDENTE la suspensión preventiva de los efectos del acto administrativo recurrido; en consecuencia, Niega acordar la Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos, en contra del Acto Administrativo emanado de la Inspectoría del Trabajo de Maturín, Estado Monagas, de fecha diecinueve de septiembre de 2013, contenido en la Providencia Administrativa signada con el Nº 00200-2013, proferida dentro del procedimiento administrativo número de expediente N° 051-2012-01-00107, que declaró SIN LUGAR, la solicitud de Reenganche y pago de salarios caídos , interpuesta en fecha 27 de enero de 2012 contra la Inspectoría del Trabajo ALFREDO MANEIRO de Puerto Ordaz; al no estar llenos los extremos de procedencia.