PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de CONVENIMIENTO, realizado por JOSE RAFAEL VILLASMIL SANCHEZ, en representación de la Sociedad Mercantil Master Techonology C.A., en favor la Sociedad Mercantil MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, parte accionante, en consecuencia, se Homologa el presente Convenimiento, dándole carácter de Cosa Juzgada y por último se abstiene este Juzgador de archivar el expediente.
SEGUNDO: Se SUSPENDE la Medida de Embargo Preventivo decretada en la causa en fecha trece (13) de agosto de 2012, con vista al acuerdo al que arribaron las partes en el curso del proceso a los fines de componer la litis.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada del presente juicio, todo ello de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.