PAR TE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, a la ciudadana CORALYS TOBON OSPINO y a los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano CARLOS GUSTAVO BRITO ORTIZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.001.483, según se evidencia del acta de defunción Nº 604 emanada del Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese, Regístrese y expídase las copias certificadas solicitadas del presente fallo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de P.....