DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Profesional del Derecho FRANKLIN GUTIERREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 69.833, respectivamente actuando como defensor privado del ciudadano MANUEL ALBERTO MANDIETA RODRÍGUEZ, contra la decisión N° 2570-2014, dictada en fecha 09 de septiembre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual el referido Tribunal declaró Con Lugar la solicitud del Ministerio Público, y en consecuencia ordenó: PRIMERO: LA APREHENSIÓN INMEDIATA del ciudadano LUÍS MIGUEL OSORIO CHACÍN, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD n° 13.957.570 (...omisis...); SEGUN.....