Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha catorce (14) de Agosto de 2014 por los abogados en ejercicio Alibel Morillo Ocando y Dorti Colina Yepez, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nº 34.589 y 46.376 respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada CENTRO MEDICO LA FAMILIA, C.A., representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y el apoderado judicial abogado Gabriel Puche Urdaneta, inpreabogado N° 29.098 asistiendo a la ciudadana MAGALY DEL VALLE MORENO SALAZAR en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judic.....