Por los fundamentos expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano Abogado GUSTAVO MELENDEZ PÉREZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSÉ ANGEL CARDOZO URDANETA, en contra de la ciudadana MAYRA BEATRIZ VILLARUEL, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, en la causa signada con el Nro. C01-47648-2015, seguida al ciudadano JOSÉ ANGEL CARDOZO URDANETA, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre d.....