PRIMERO: COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ARIEL DE JESÚS QUINTERO URDANETA, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JAVIER FELIPE SOCORRO ALVARADO; en contra de la sociedad mercantil PETROQUÍMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN), antes identificados. SEGUNDO: Se ADMITE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ARIEL DE JESÚS QUINTERO URDANETA, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JAVIER FELIPE SOCORRO ALVARADO; en contra de la sociedad mercantil PETROQUÍMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN), antes identificados, por la presunta violación de los derechos constitucionales referidos a la estabilidad en el trabajo, el derecho a la defensa, al debido proceso y a la reserva legal del Poder Público Nacional, consagrados en los artículos 93, 94, 87, 49, numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 89, y numeral 32 del artículo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: IMPROCEDEN.....