DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como TRIBUNAL UNIPERSONAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al acusado JHONY ENRIQUE PEREIRA HERNANDEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de 21 años de edad, soltero, profesión u oficio comerciante, titular de la Cedula de identidad, 17.668.064, hijo de LIANY HERNANDEZ Y JHONY PEREIRA, domiciliado en el sector ALTOS del sol Amado, Avenida Bolívar casa 300, frente al CDI, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1 y 218 ambos del Código penal, respectivamente, cometido en perjuicio del ciudadano CARLOS PERNIA HIDALGO Y EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Exime de costas al Estado venezolano. .....