DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano HENRRY ANTONIO MAVO QUINTERO, titular de cedula de identidad No 18.427.088, Venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento 15-02-1989, de profesión Promotor de Ventas, hijo de GENOVEVA QUINTERO Y DE JOSÉ MAVO, Avenida Haticos por arriba, callejón Medellín, Casa No. 18I-186, al frente de la Funeraria Sur Maracaibo, Teléfono No......